• Se debe privilegiar el interés superior de la niñez para que puedan disfrutar de sus derechos en todos los sentidos: diputada Cristina Alarcón.

De la redacción

Huatusco en Línea

La diputada Cristina Alarcón Gutiérrez, del grupo legislativo de Morena, presentó ante el Pleno una iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Veracruz, para prohibir el castigo corporal o humillante como método correctivo o disciplinario en niñas, niños y adolescentes.

Para ello, la legisladora propone homologar dicha normativa con la Ley General, añadiendo un inciso G de la fracción I del artículo 41, correspondiente al Capítulo VIII, denominado “Del Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal”, bajo el concepto de castigo corporal o físico, así como castigo humillante.

En este sentido, la también presidenta de la Comisión Permanente de Derechos de la Niñez y la Familia destacó que, a pesar que en el país este tipo de correctivos prevalecen en los diversos entornos en donde niñas, niños y adolescentes crecen, conviven y se desarrollan, representa una violación a los derechos de niñas, niños y adolescentes, generando efectos adversos en las dimensiones físicas, emocionales de su desarrollo.

El objetivo de la presenta iniciativa, indicó, es privilegiar el interés superior de la niñez para que puedan disfrutar y satisfacer sus derechos, en rubros esenciales como son salud, educación y el sano esparcimiento en vías de su desarrollo integral.

La iniciativa señala la prohibición a quienes ejerzan la patria potestad de los menores, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados o personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, salud, asistencia social, el ejercicio del uso de castigos corporales o humillantes.

Al respecto, continúa la propuesta, deberá entenderse como castigo corporal, todo acto en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo, así como cualquier otro que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.

En cuanto castigo humillante, se referirá a cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación en contra de las y los menores de edad.

Agregó, que el Pleno del Congreso de la Unión, aprobó recientemente el dictamen por el que se exhorta a los Gobiernos de las 32 entidades federativas y a sus Congresos Locales a homologar sus legislaciones conforme a las reformas realizadas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el Código Civil Federal, en este mismo sentido, por lo que es esencial legislar al respecto.

Finalmente, agradeció a la diputada Rosalba Valencia Cruz, presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la Cámara de Diputados Federal, así como a José Manuel Villaseñor Campos, Secretario Técnico de la misma Comisión, “quienes con sus aportaciones facilitaron los trabajos en torno a la realización de esta propuesta legislativa”.

La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Derechos de la Niñez y la Familia para su estudio y dictamen.

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